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Fuente: El ABC del TLC, EL COMERCIO

 
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Acceso a mercados. Es la capacidad de acceso de productos a un mercado determinado, según las restricciones arancelarias y/o para-arancelarias vigentes en un país, territorio o grupo de países. El acceso a los mercados determina la posibilidad real del proveedor nacional de bienes y servicios para competir con productos importados (acceso al mercado nacional), o del proveedor nacional para penetrar en un mercado externo conectado con terceros mercados.
Actividad mercantil. Es aquella que realiza el hombre desde tiempos remotos. No se limita al orden económico, a la conservación y defensa del patrimonio, sino que coloca al individuo como un mero intermediario en la circulación de bienes. Se realiza en toda sociedad con el ánimo de obtener utilidades.
Actividades marítimas. Son aquellas que se efectúan en el mar territorial, zonas adyacentes, suelo y subsuelo  pertenecientes a la plataforma continental y en las costas y puertos del país. Estas actividades están relacionadas con la navegación de altura, de cabotaje, de pesca y científica, con buques nacionales y extranjeros, o con la investigación y extracción de los recursos del mar y de la plataforma.
Acuerdo comercial. Convenio, tratado u otro acto vinculante por el cual dos o más naciones se comprometen a acatar condiciones específicas en su intercambio comercial, lo cual incluye de ordinario concesiones mutuamente benéficas.
Acuerdo de alcance parcial. Se trata de acuerdos comerciales que no abarcan todo el universo arancelario ni todas las normas y disciplinas comerciales.  Por lo general, estos convenios incluyen un número bajo de países dentro de una agrupación comercial determinada, y opera de manera bilateral aunque pueden tener nóminas de productos comunes a un grupo.
Acuerdo de complementación económica. Es el acuerdo entre dos o más países para fomentar, estimular y complementar actividades  productivas localizadas en sus territorios, a favor de la facilitación del comercio y el estímulo de inversiones y movimientos de capitales.
Acuerdo de Integración Subregional Andino. El 26 de mayo de 1969, Ecuador, Colombia, Bolivia, Chile y Perú crearon el Acuerdo Subregional Andino (Acuerdo de Cartagena). 
Su idea inicial era promover el desarrollo equilibrado y armónico de los miembros, acelerar su crecimiento mediante la integración económica, facilitar la participación en el proceso de integración y fijar condiciones favorables para crear un mercado común latinoamericano. Para alcanzar esos objetivos se crearon los siguientes mecanismos: a) armonización de políticas económicas y sociales y aproximación de legislaciones nacionales; b) programación Industrial; c) programa de liberación; d) arancel externo común; e) régimen agropecuario; f) asuntos financieros; g) integración física; h) tratamientos preferenciales a favor de Bolivia y de Ecuador.
Acuerdo de nueva generación. Son los acuerdos comerciales internacionales surgidos en los años 80. Abarcan un ámbito más amplio que el simple comercio de bienes, incluyendo temas como el comercio de servicios, inversiones, propiedad intelectual y compras estatales, a la vez que incorporan disciplinas complejas en materia de normas de origen, medidas fito y zoosanitarias y medidas antidumping. Un claro ejemplo de este tipo de acuerdos es el TLC.
Acuerdo de primera generación. Son los acuerdos comerciales tradicionales, previos a la Ronda de Uruguay. Son simples y contemplan acuerdos comerciales que involucran la desgravación arancelaria a bienes comerciales.
Acuerdo general. Se refiere al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), tanto en la versión de 1947, como en la resultante de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales, conocida como GATT/94.
Acuerdo General de Aranceles Aduaneros y Comercio. En 1946, la ONU convocó a la ‘Conferencia Internacional sobre Comercio y Empleo’, donde se pretendía constituir la Organización Internacional  del Comercio. La conferencia se efectuó en 1947 en La Habana; pero no hubo acuerdo, salvo la suscripción de actas sobre disciplinas y normas de comercio GATT, que pretendía hacer posible un comercio más libre.
A pesar de su carácter provisional, el GATT se constituyó en el único acuerdo multilateral regulador del comercio internacional de mercancías, desde 1948 hasta que nació la OMC, el primero de enero de 1995. Los principios del GATT sobreviven como GATT/94, que es la versión actualizada del GATT de 1947.
Éste es parte integrante del Acuerdo sobre la OMC y estableció las disciplinas que afectan al comercio internacional de mercancías. La OMC es la cristalización de los resultados de la Ronda Uruguay y la sucesora del GATT. La OMC abarca el comercio de bienes y servicios y el comercio de ideas, conocido también como propiedad intelectual.
Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios. Acuerdo negociado en la Ronda Uruguay del GATT, que definió el primer conjunto de normas y disciplinas convenidas multilateralmente y aplicables jurídicamente, para perfeccionar y hacer más transparente el comercio de servicios. El alcance del acuerdo se extiende a todos los servicios que son objeto de comercio internacional, sea cual fuere la forma en que se presten.
Acuerdo multilateral de comercio. Es un compromiso entre más de dos países, aunque en la práctica su uso se restringe a los acuerdos establecidos entre las partes constantes del GATT y a los que hoy son miembros de la OMC.
Acuerdos complementarios. Son los mecanismos auxiliares del programa de liberación del comercio intrazonal, para acelerar el desgravamiento de productos, fomentar inversiones y estimular la complementación entre actividades industriales destinadas a abastecer las necesidades de una Zona de Libre Comercio.
Adhesión. Proceso de incorporación a un instrumento legal. En el caso del GATT, la parte contratante en potencia inicia negociaciones  de acceso con las partes contratantes, para fijar concesiones u obligaciones específicas que deberá asumir antes de que se consume la adhesión.
Aduanas. Servicio público cuya responsabilidad principal consiste en la verificación y valoración de mercancías, aplicar y recaudar derechos e impuestos a las importaciones y exportaciones,
y en la administración de otras leyes y reglamentos que se aplican a la importación, el tránsito y la exportación de bienes.
Agricultura orgánica. Métodos de producción que evitan las utilizaciones agroquímicas sintéticas, priorizando el empleo de insumos de origen orgánico o biológico, así como la aplicación de principios ecológicos como: abono verde; control biológico de plagas y enfermedades; rotación de cultivos; cultivos asociados; clones resistentes; biodiversidad; granjas integrales; pisos ecológicos; descanso de terreno; sistemas agrosilvopastoriles; desinfestación del suelo por solarización, y otros más.
Agricultura sostenible. Es aquella cuya productividad permite satisfacer las necesidades crecientes de la población actual y futura manteniendo intacto su potencial productivo.
Agronegocio / Agroindustria. Se refiere al complejo  agroempresarial el cual involucra tanto la producción, provisión de insumos, procesamiento, transporte como la distribución de productos agropecuarios, agroindustriales y alimenticios, como una cadena integrada con interacciones entre los agentes económicos intervinientes.
Ajuste estructural. Son una o varias medidas de política destinadas a reacomodar y adecuar la estructura de producción y empleo de una economía nacional a los cambios en condiciones económicas y comerciales.
Anti-trust. Es una política que tiene por objeto debilitar el poder monopolístico.
Anuario de sanidad animal. Es un manual redactado en trabajo conjunto de la FAO, la OMS y la OIE, en este instrumento se describe la incidencia de las enfermedades animales y las medidas emprendidas en cada una de las naciones.
Apoyo al precio de mercado (APM). Transferencia a los agricultores que elevan artificialmente los precios internos de los productos agrícolas mediante restricciones a las importaciones de esos mismo productos o subsidios a los productores. El apoyo al precio de mercado por unidad de volumen (tonelada) de producción se llama la unidad APM.
Arancel aduanero. Diversos derechos o impuestos que deben pagar en las aduanas las mercancías que se internan en el país o se exportan.
Arancel externo común. Tasa arancelaria aplicada por una agrupación regional de países. Por ejemplo: la Unión Europea permite el libre comercio en la mayoría de productos agrícolas, entre países miembros; pero aplica aranceles externos comunes a muchos productos agrícolas que se importan de “terceros” países o países no miembros; es decir, que cobran una tarifa igual para los productos de terceros países.
Arancel máximo–mínimo. Se compone de dos columnas  más o menos completas de derechos. El tipo más bajo es aplicable a los países a los cuales se les otorga la Cláusula de Nación más Favorecida y el más elevado a los demás países. Algunas veces el Arancel Máximo–Mínimo se compone de una columna (arancel mínimo). En tales  casos los tipos de arancel máximo determinan aplicando un aumento porcentual o un multiplicador a los tipos mínimos.
Arbitraje. Proceso por el cual se someten las materias en disputa o controversia, al juicio de una o varias personas señaladas por las partes, sin que haya necesidad de someter el problema a los tribunales correspondientes. El arbitraje tiene varias características: 1) Es un compromiso de acuerdo entre las partes sobre los problemas que se deben resolver y los detalles del procedimiento a seguir. 2) Los jueces son escogidos por las partes. 3) Sus decisiones  se basan en el respeto al Derecho Internacional. 4) Sus decisiones son obligatorias.
Arbitros. Son personas que formalizan y garantizan con su firma la indemnización debida por los  aseguradores como consecuencia de un siniestro, y de acuerdo con las cláusulas y condiciones de la póliza.
Área de libre cambio. Es un acuerdo que ser realiza entre dos o más países para eliminar las aduanas y otras barreras al  comercio entre sí, permitiendo que cada país mantenga los aranceles frente a terceros países. Está en contraste con la unión aduanera que, en forma similar, mantiene el libre comercio entre países miembros, pero que adoptan, al mismo tiempo, tarifas externas comunes.
Artículo manufacturado. Son las manufacturas destinadas al consumo doméstico, así como los bienes de capital destinados a la demanda final.
Artículo semimanufacturado. Es un producto de manufactura, que en la mayoría de los casos debe ser ulteriormente elaborado o incorporado a otro artículo para convertirse en un bien de Capital o de Consumo.
Asociación de Naciones del Sudeste Asiático. (Asean) Con sede en Bangkok (Tailandia), fue creada el 9 de agosto de 1967 por acuerdo de Filipinas, Malasia, Tailandia,  Indonesia, y Singapur. Posibilita la mutua cooperación para el fomento y desarrollo económicos, fortalecimiento del progreso social y cultural y adopción de medidas  tendientes al mantenimiento de la estabilidad y seguridad de los territorios que componen la Asociación, al abrigo de toda ingerencia exterior.
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