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Nuevas normas de etiquetado para Transgénicos

Los alimentos y bebidas que se produzcan o comercialicen en el país, y que sean elaborados con insumos transgénicos deberán incluir en sus etiquetas la frase: 'Contiene componente transgénico'.

La anterior es una disposición enmarcada en el artículo 2 de la Norma Técnica Nº SCPM-NT-2013-001, emitida por la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, el pasado 11 de septiembre. Allí dice que el operador económico deberá contar con las pruebas que sustenten la veracidad del mensaje.

El documento fue firmado por el titular de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, Pedro Páez.

Esto generó sorpresa y preocupación en los gremios empresariales, quienes poco conocían de la normativa. El martes 24 de septiembre del 2013, el ministro Coordinador de la Producción, Richard Espinosa, indicó que la reglamentación solo se aplicaría para los productos con transgénicos.

"Para los productos que no tienen transgénicos el tema no tiene lógica. De hecho, lo hemos coordinado. Las conversaciones van en buen camino y es eso lo que definitivamente va a pasar, dando los plazos correspondientes. Lo cierto es que se va a promover para que en el etiquetado solo se refiera a los que sí tienen transgénicos, más no el resto de productos", explicó.

El Ministerio de la Producción cree que el plazo de 60 días para cumplir la normativa pudiera ampliarse o, por lo menos, se dé la posibilidad para que los empresarios puedan colocar, de arranque, un adhesivo, en lugar de la leyenda en la etiqueta. Ese tema está en análisis.

Los mecanismos jurídicos para la aplicación de este mecanismo auxiliar se están analizando y se espera que hasta la próxima semana ya se logre un alcance de la norma.

Algunos empresarios cuestionaron no solo el proceso de etiquetar con la palabra "transgénico", sino que indicaron que no existen los suficientes laboratorios locales para certificar si los productos, en efecto, contienen insumos genéticamente mejorados.

El Gobierno concuerda con que se deben implementar dichos laboratorios y que esto es parte de un proceso que se debe llevar adelante.

Ante la duda de si en 60 días, que es el plazo para que las firmas de alimentos y bebidas coloquen la leyenda en la etiqueta, Espinosa indicó que el empresario debe conocer si su producto contiene transgénicos. Los laboratorios se implementarán para controles.

El objetivo es prevenir y evitar las prácticas desleales de engaño y violación de normas que puedan afectar a los derechos de los consumidores. El plazo para su cumplimiento es de 60 días, desde la vigencia de la normativa técnica.

María José Troya, directora de la Tribuna del Consumidor, recordó que desde el 2000 la Ley de Defensa del Consumidor ya obligaba a identificar estas características en los rotulados de los alimentos. Un año después se emitió su reglamento, pero quedó pendiente de la normativa que regule dicha etiqueta, hasta ahora.