Los actores financieros deben obrar con total tranquIlidad, con total objetividad y con mucha racionalidad”. Foto: Vicente Costales / LÍDERES

Los actores financieros deben obrar con total tranquIlidad, con total objetividad y con mucha racionalidad”. Foto: Vicente Costales / LÍDERES

Gerardo Villacreces: 'El dinero electrónico requiere claridad'

13 de junio de 2016 09:21

El debate del dinero electrónico se mantiene, pero aún parece que existe confusión en ciertos términos. ¿Por qué pasa esto?

Empieza la confusión porque en el 2014, el Directorio del Banco Central del Ecuador sacó una normativa relacionada con la billetera electrónica y le puso el nombre de dinero electrónico y allí se genera una confusión que se mantiene. En el Código Monetario se establece la existencia de la moneda electrónica que no tiene un nombre, tal como hay dólar, euro, franco suizo, etc. Para efectos de la entrevista podemos denominarla ME que es diferente al dólar y diferente a la moneda fraccionaria, que tampoco tiene nombre y que se relaciona con los centavos y que el Banco Central está facultado para acuñarla desde marzo del 2000 cuando se adoptó la dolarización.

¿Cuál es la diferencia entre moneda electrónica y billetera móvil?
Para la aplicación de la billetera móvil no hace falta en realidad ningún cuerpo jurídico adicional o particular. La billetera móvil es como la tarjeta de débito o de prepago, con la que el usuario va al banco, entrega cien dólares y le cargan esa misma cantidad en la tarjeta o en el celular. Se carga con dólares y el usuario va, consume y paga con su dispositivo. Entonces le debitan el valor de la factura y le acreditan al proveedor del servicio esa misma cantidad. Esto se hace vía transferencia electrónica. Esta es una de las más importantes y esenciales diferencias.

¿Y el dinero electrónico?
Es diferente porque el usuario tiene que abrir una cuenta virtual en el Banco Central, aunque se abrió la posibilidad de que abra una cuenta en un banco privado. Entonces el usuario saca cien dólares de su bolsillo, los entrega al Banco Central y este le acredita 100 ME, que es diferente al dólar. El usuario, con 100 ME en su móvil, va y consume 50 dólares en un restaurante, paga con moneda electrónica y el restaurante la recibe. Entonces le debitan 50 ME al usuario y se habilitan en la cuenta electrónica del restaurante. Eso no quita que mañana el proveedor del servicio, en este caso el restaurante, canjee las 50 ME de su cuenta por billetes físicos. Entonces con la moneda electrónica se da un canje.

¿Usted detecta, desde lo técnico, algún posible riesgo en la operación de la moneda electrónica?
Todas las operaciones revisten un riesgo de alguna u otra manera. Desde el punto de vista del usuario, el riesgo podría estar en entregar dólares al BCE o al banco privado para ser canjeados por moneda electrónica. En el país la moneda líder es el dólar y la fraccionaria es de menor repercusión, pese a tener una importancia práctica; la moneda electrónica es muy poco utilizada. Con la última reforma tributaria se da un nuevo impulso a la moneda electrónica, se le da un atractivo.

¿Y ese impulso para usarla causaría riesgos?
En mi criterio hay varios riesgos. Uno puede ser que los fondos que se utilicen para respaldar la emisión de ME en un momento dado pudieran ser usados para otros fines como suplir urgencias de liquidez del Estado. El Banco Central tiene la obligación de garantizar la liquidez en la economía, es una responsabilidad gigante. Pero el Banco Central ya no es un ente técnico autónomo, es dependiente de la Junta de Regulación Monetaria y Financiero. Pudiera ser que el Central se vea en la disyuntiva de caer en la tentación de emitir moneda electrónica sin el respaldo respectivo. Las autoridades han dicho que eso no va ocurrir y esperemos que así sea, sin embargo ese es un riesgo. Otro riesgo tiene relación con la valoración.

Entendemos que la valoración de la ME frente al dólar es uno a uno, pero con la Ley de Solidaridad se le da una ventaja a la moneda electrónica frente al dólar porque la Ley dice que durante un año los usuarios podrán beneficiarse de cuatro puntos menos en el pago del IVA al comprar con moneda electrónica. Entonces en esa perspectiva tiene un valor superior al dólar.

¿Por qué?

Pensemos que el dólar sigue su camino y la moneda electrónica gana espacio. El Estado no puede obligar a nadie a recibir moneda electrónica, pero puede pasar que por las circunstancias las personas se vean obligadas a recibirla. Por ejemplo, a un constructor que tiene obligaciones pendientes por un millón de dólares el Estado le ofrece moneda electrónica; el constructor se ve obligado a recibir la moneda electrónica para pagar sus deudas. Pero un tercero le puede decir al constructor que le compra la moneda electrónica por un valor menor. El constructor requiere un millón de dólares, pero el tercero le ofrece 800 000. Entonces, por la necesidad de liquidez puede ser que acceda y ese es un riesgo de tipo cambiario.

¿Se entraría en el campo de la especulación?
Más bien en el campo de las realidades humanas que se basan en la confianza. Un ejemplo más sencillo: usted toma un taxi para ir al aeropuerto y el taxista le dice que le cobra 25 dólares si paga en billetes y 32 dólares si paga en moneda electrónica. Esas realidades humanas pueden darse si la moneda electrónica tomara un ritmo mayor, que es lo que las autoridades están estimulando.

La banca privada y el Gobierno tienen posiciones opuestas sobre este tema. ¿Qué sensación se puede generar este tira y hala?
Los actores deben obrar con total tranquilidad, con total objetividad y con mucha racionalidad. No es un tema de medición de fuerzas. Lo que está en juego es muy importante, el tema debe manejarse con pulcritud. No se puede jugar con la economía de las personas y la mejor forma de fortalecer cualquier tema es diciendo la verdad, obrando con claridad y transparencia.

¿En algún punto estaría en riesgo la dolarización?
Es como tener dos vehículos, si se los maneja bien a los dos no hay por qué pensar en posibles riesgos. Pero si se lo hace sin respaldo y bajo las circunstancias políticas, que no son las mejores, puede ser de alto riesgo.

Hoja de vida

Formación
Doctor en Leyes y abogado con especialización en temas bancarios, financieros, empresariales, societarios, fiduciarios, contractuales, constitucionales y administrativos.

Su profesión
Presidente de Villacreces Carbo & Asociados Abogados; comenta sobre derecho y economía para algunos medios de comunicación y brinda conferencias y seminarios tanto al sector público como al privado.

Cargos
Ha sido gerente general de varias sociedades mercantiles. Ha participado en asesorías preventivas, corporativas, bancarias, de negocios, patrimoniales, societarias, sucesorias. En la actualidad se encuentra escribiendo un libro de derecho bancario ecuatoriano.