El integrante del grupo de expertos regionales de la Cámara de Comercio Internacional  y capacitador en reglas de exportación e importación de bienes habla sobre cómo estas regulaciones tendrán, desde el año que viene, aplicación a escala mundial. Foto: J

El integrante del grupo de expertos regionales de la Cámara de Comercio Internacional y capacitador en reglas de exportación e importación de bienes habla sobre cómo estas regulaciones tendrán, desde el año que viene, aplicación a escala mundial. Foto: Julio Estrella / LÍDERES

Juan Diego Alzate: La tecnología impactará al comercio

16 de septiembre de 2019 08:32

En días pasados se presentaron al mundo las nuevas reglas de comercio. ¿Qué son?
Se denominan reglas Incoterms. Son prácticas de comercio global, impulsadas por la Cámara Internacional de Comercio (ICC, por sus siglas en inglés). Las nuevas corresponden a la adecuación que se está haciendo en las mismas.

¿Por qué son importantes las reglas Incoterms?
Porque son el instrumento de comercio internacional más destacado desde el punto de vista de su uso. Con esto me refiero a que, en la práctica, sería casi imposible encontrar un contrato de compra venta internacional (operaciones de comercio exterior) que no incluya una cláusula de entrega basada en el reglamento global Incoterms. En los años 50, del siglo pasado, su uso no era aceptado por todos los países del mundo, actualmente sí lo es.

¿Cómo se logró eso?
En 2010, EE.UU. aceptó oficialmente que Incoterms sea el reglamento para toda entrega. En la versión con las nuevas normas, China, y Asia en general, se sumaron. Podría decirse que la versión de Incoterms del 2020 es un reglamento de impacto mundial.

¿Todos los operadores de comercio exterior tienen que cumplir estas reglas?
No, porque no son de carácter impositivo. Sin embargo, el comprador y vendedor pueden acogerlas dentro del contrato y, a partir de ese momento, convertirlas en regulaciones de cumplimiento. Las Incoterms tienen validez legal cuando se las incorpora, precisamente, en los contratos.

Deme un ejemplo.

Si alguien vende a otra persona un contenedor de la lana y en el contrato se decide que se incluirán reglas Incoterms en el mismo, las partes tendrán que cumplir esas obligaciones establecidas.

¿Qué incluyen las reglas Incoterms en el mundo?
E
stas resuelven 10 asuntos. La principal está relacionada con la entrega de la mercadería: en qué momento/lugar el vendedor debe permitir al comprador entrar en tenencia y posesión de las cosas. Otro aspecto que se regula es el de las transferencias de riesgo, es decir a partir de qué lugar/tiempo el importador es responsable por cualquier pérdida o daño causado sobre los productos.

¿Qué otros temas regula?
Que el vendedor prepare la mercancía, la factura comercial o cualquier otro documento; que haga los protocolos de aduana; que asista al comprador con cualquier requerimiento de seguridad; que lo apoye a la hora de la entrega; que ejecute contratos de transporte; que empaque debidamente, etc. El comprador también tiene obligaciones en el proceso.

¿Estas reglas únicamente se aplican en operaciones de comercio exterior?
Sí, pero únicamente en el contexto de compra y venta de bienes, exportaciones e importaciones de productos. No resuelve compra venta de servicios, turismo, transferencia tecnológica, contratos de ‘know how’ o de montaje, etc.

¿Desde hace cuánto tiempo se están está usando las reglas de Incoterms?
Es importante hablar de cómo nacieron las reglas de comercio. Las primeras aparecieron en 1924, en EE.UU. Se trataba de los términos de comercio revisados americanos. En 1936, la ICC sacó la primera versión completa de Incoterms; 20 años más tarde surgió una segunda. Luego llegaron cambios en el comercio, con el uso del contenedor, y había que incluir ese hito en las reglas. Lo propio en relación con conceptos como el transporte multimodal, las zonas de libre de comercio, entre otras. Se han hecho versiones nuevas, adecuándose a la práctica mercantil de cada momento.

¿Cada cuánto se renuevan las reglas Incoterms?
Casualmente, se ha hecho cada 10 años. Yo creo que la próxima revisión no será en esas fechas por los cambios grandísimos que se vienen en el comercio global en los próximos cinco años. Todo será tan diferente, que nos va tocar empezar de cero, será por temas tecnológicos como ‘blockchain’.

¿Cómo ha evolucionado el uso de Incoterms en América Latina?
La región, desde México hasta Argentina, se ha casado, históricamente, con Incoterms. Mientras EE.UU. seguía usando los términos revisados del llamado Código uniforme, acá se prosperó con el uso de las reglas de comercio.

¿Qué faltaría por desarrollar, en materia de reglas de comercio exterior?
Creo que Incoterms es lo suficientemente estable desde la versión 2010. Lo que sí puede cambiar mucho son prácticas específicas. Por ejemplo, hace 20 años existía el fax, luego vino la Internet y ahora hablamos de nuevas tecnologías. Sin embargo, la esencia de compra venta es exactamente igual desde los fenicios hasta la actualidad.

Las reglas Incoterms que se lanzaron, ¿ya se pueden aplicar en el mundo?
No, se lo hará desde el 1 de enero. Estas se presentaron en Ecuador el 12 de septiembre. Se presentaron cuatro meses antes de inicio de año porque de esa manera los negocios se podrán adaptar, preparar y capacitarse para su uso.

¿Qué tanta preparación hay en Ecuador respecto de las nuevas reglas de comercio?
Hay personal listo y preparado. Hasta hace 10 años había que buscar referentes en Europa y EE.UU. Hoy, hay expertos globales en comercio exterior en diferentes países de América Latina, incluido Ecuador.

Ellos se formaron en las nuevas reglas. ¿Qué elementos, diferentes a los de hace 10 años, incluyeron estas?
Lo que puedo decir es que se elaboró un documento más explicado. El comerciante o el estudiante requieren de los detalles. Prácticamente, es un curso inmediato de uso de Incoterms.

¿Qué elementos, principalmente vinculados a la industria 4.0, incluyen las reglas?
Incoterms no habla en específico de una tecnología porque son obligaciones que deben aplicarse en todas las ciudades del mundo. Sin embargo, sí se habla de mecanismos electrónicos de compra venta. Esto incluye transacciones que puedan realizarse por WhatsApp, correo electrónico, reuniones a través de videollamadas, etc. Toda práctica de este tipo tiene un impacto en el contrato y, por eso, Incoterms lo recoge. Creo que, a futuro, podrían venir cambios.

¿Cuáles?
Son solo suposiciones mías. Las nuevas tecnologías como el block­chain, la inteligencia artificial y la Internet de las cosas, específicamente, no van a cambiar solo el contrato compra venta, sino todo en el mundo. Las empresas, como las conocemos hoy, se van a acabar.

Aparecerán nuevos modelos. Haciendo una proyección, creo que vamos a tener que adecuarnos a prácticas en las que, por ejemplo, haya gente que use contratos inteligentes. En ese caso, quizás, las reglas tendrán que acoger nuevos modelos basados en las tecnologías modernas, más no en el comercio per se.

Hoja de vida

Experiencia. Miembro del grupo de expertos regionales ICC, entrenador acreditado de la Cámara de Comercio Internacional en Incoterms, experto en negocios internacionales, alta gerencia y construcción estratégica de valor, catedrático de posgrados y conferencista internacional.

Formación. Candidato PhD en Administración de Empresas en Centrum Católica Graduate Business School y Maastricht School of Management de los Países Bajos. Magíster en Administración de Negocios Globales. Comunicador de la Universidad Externado de Colombia.