Pablo Villegas, abogado asociado senior de Solines & Asociados, y experto en temas tributarios. Foto: Vicente Costales / LÍDERES

Pablo Villegas, abogado asociado senior de Solines & Asociados, y experto en temas tributarios. Foto: Vicente Costales / LÍDERES

Pablo Villegas: ‘Surgen nuevos esquemas tributarios’

2 de enero de 2020 11:50

Pablo Villegas, abogado asociado senior de Solines & Asociados, y experto en temas tributarios, analiza las tendencias globales en la materia y cómo la ley de simplificación tributaria está conectada a cambios internacionales. Dice que la economía digital es un reto.

 ¿Hacia dónde está caminando el Ecuador en materia tributaria, más ahora que se viene la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria?

A escala mundial se están discutiendo varios temas y creo que el Ecuador está intentando subirse a esas tendencias. Hay un pedido de la OCDE y del G20 para que los países vayan modernizando su normativa tributaria. Además se viene un tema que nos va a afectar a todos: la economía digital. Esta impactará a países grandes y pequeños, por la OCDE pidió que se inserten normas en las respectivas legislaciones nacionales tributarias para que se pueda regular el tema de manera uniforme. Ya no es como antes cuando un país podía tener las normas que consideraba, sin pensar en el resto. Ahora todo está conectado.

Usted detalla lo que sucede a escala global. ¿Qué pasa dentro del Ecuador? ¿La ley de Simplificación Tributaria está acorde con esas tendencias?

En el proyecto de ley existen algunos aspectos que están conectados con la tendencia. El primero, que ya mencionamos, es el de la economía digital que implica el IVA en servicios digitales. Otro elemento es el de los dividendos; a escala mundial se considera adecuado que al distribuir dividendos se haga una retención del impuesto a la renta al inversionista extranjero. A escala mundial el porcentaje de retención es pequeño y hoy solo son cuatro países los que no tienen esa retención del impuesto a la renta por distribución de dividendos (Colombia, Brasil, Venezuela y Ecuador) y le consideran exento.

¿Qué impacto tiene esta exención?

A escala mundial se pueden crear esquemas de elusión. Por ejemplo, si Ecuador decide que esas rentas van a estar exentas y en otro país se decide igual, habrá alguien que no pagará en ninguno de esos dos países y eso no es correcto. Lo correcto es que se pague en uno de los dos países. Es tan grave que se pague dos veces como que no se pague. Por eso hay convenios para evitar la doble imposición.

¿Hay otro punto de las tendencias globales tributarias al que debamos prestar atención?

Otro tema polémico es el de la reducción de intereses. Hoy se está cambiando el esquema de lo que conocíamos como subcapitalización, en el sentido de que una empresa que reside en Ecuador pide un préstamo a su relacionada en otro país; en pocas palabras se buscaba que la empresa tenga capacidad de endeudamiento. En la actualidad hay un esquema distinto y se introduce una norma bastante fuerte con el plan de acción BEPS (Ndlr: un proyecto de la OCDE que destaca la importancia de integración de las políticas fiscales internacionales). Allí entra la deducción de intereses y se propone un cambio en el tema. ¿Por qué? Porque hay esquemas de elusión en pagos de intereses entre empresas interesadas.

Pablo Villegas, abogado asociado senior de Solines & Asociados, y experto en temas tributarios. Foto: Vicente Costales / LÍDERES

Pablo Villegas, abogado asociado senior de Solines & Asociados, y experto en temas tributarios. Foto: Vicente Costales / LÍDERES

Estos planes que se proponen desde organismos como la OCDE tienen un efecto global. ¿Qué tan abierto está el país para aprender y aplicar estos conceptos?

Ecuador no es un país OCDE. Esas tendencias están pensadas específicamente en esos países desarrollados, por lo tanto debemos analizar qué conviene y qué no. No es fácil oponerse a todo y aceptar todo. Hay experiencias en la región: Colombia es proclive a aceptar el plan de acción BEPS. Ecuador ha aceptado lo que le conviene y hemos aprovechado en temas como deducción de intereses. Se usa lo que conviene.

¿Ahora qué viene para el país en el 2020 con la ley tributaria en camino?

En la reforma hay plazos para cumplir estas tendencias y uno de los prioritarios es el de distribución de dividendos. Esa norma es tan fuerte que entrará en vigencia apenas se publique en el Registro Oficial. Normalmente hablamos del impuesto a la renta de carácter anual, pero olvidamos que realmente tenemos tres ‘sistemas’ de impuesto a la renta en el país: impuesto a la renta de sociedades, el de personas naturales, más un impuesto a la renta del no residente. Ese no residente no presenta declaraciones en el país y la empresa que lo contrata paga y hace las retenciones, por lo tanto son reglas distintas. Pocos se dan cuenta de lo grave que es reformar el impuesto a la renta de no residentes en Ecuador.

¿Y cuál será el impacto?

Esta tendencia de retener el impuesto a la renta en la distribución de dividendos es a escala internacional. Debemos tomar en cuenta otra cuestión: ¿por qué en Ecuador se ha exonerado a esos dividendos? Es porque tenemos el 15% de repartición de utilidades. Así de 100 dólares de utilidad, 15 van para los trabajadores. Quedan 85 dólares y de esa cifra hay que calcular el 25% del IR (unos 21,6 dólares). De lo que queda un 10% va para el fisco como parte de la distribución de dividendos.

¿Entonces viene a ser una obligación más para las empresas?

Así es. Esto puede causar un problema para inversionista de buena fe. Lo que se espera es que se le retribuya cierta cantidad dentro de los parámetros que se manejan en la región.

¿Habrá reclamos de parte de los empresarios?


Los reclamos pueden venir desde el inversionista extranjero. Pero no es tan fácil criticar a la reforma porque hay una tendencia internacional. El problema no está en la reforma sino en el 15% de utilidades. Allí el tema es saber quién se atreve a tocar ese tema.

Al ser una tendencia internacional habrá empresarios que saben de esta norma en otros mercados y no tendrían razón para protestar...

Sí, pero aún así he escuchado voces críticas.

Hablemos de economía digital. ¿Qué tan preparado está Ecuador?

Francia creó el IVA para los servicios digitales y dijo que el IVA solo se tribute en destino. Entonces quien recibe el servicio paga el IVA en el país que lo usa. Es un principio internacional y los consumidores de estos servicios digitales debemos pagar IVA. Hay un principio internacional de tributación en destino.

Los consumidores están pendientes del tema, pero a veces desconocen lo que ocurre en el mundo…

Esto es a escala internacional y está el principio de transparencia. El IVA es solo una pequeña parte. ¿Qué pasa con el impuesto para las grandes tecnológicas? A escala mundial están decidiendo cómo arreglar el tema y cómo cobrar impuestos a las grandes empresas tecnológicas que hacen negocios en varios países con nuestros datos. Allí surgen nuevos esquemas tributarios.

¿Es muy grande el desafío?

Es muy amplio. También entran los robots que sustituyen ciertos puestos de trabajo. Por eso en algunos países se planea una especie de tributo o menor deducción para empresas que automatizarán más sus procesos.

HOJA DE VIDA

Formación. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador y Máster en Fiscalidad Internacional y Comunitaria por la Universidad de Castilla – La Mancha.

Cargos. Es vicepresidente del Instituto Ecuatoriano de Derecho Tributario y ejerce la docencia en temas de Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia. Está certificado como Formador de Formadores en Precios de Transferencia y Fiscalidad Internacional por la OCDE y el Instituto de Estudios Fiscales de España. Se desempeñó como Jefe del Departamento de Normativa Tributaria del Servicio de Rentas Internas durante varios años.